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Protección de niños vulnerables: Visas especiales para menores

By mayo 30, 2019No Comments

En este clima político tumultuoso, todos esperamos con impaciencia los nuevos desarrollos en el mundo de la inmigración. A menudo, nos encontramos mirando con incredulidad cómo a los inmigrantes, algunas de las personas más vulnerables, se les niegan los derechos de debido proceso. Esto es especialmente cierto con respecto al proceso y tratamiento de los niños que llegan sin compañía a nuestras fronteras. Incluso si un niño no acompañado se reúne con un miembro de la familia extendida en los EE. UU., los niños se enfrentan a una dura batalla en los procedimientos de deportación. Sin embargo, no debemos perder la esperanza. El conocimiento es poder. Esto es especialmente cierto en el mundo de la ley de inmigración.

Los niños inmigrantes que han sido abusados, desatendidos o abandonados por un padre pueden calificar para la residencia legal permanente a través de una Visa de Inmigrante Juvenil Especial (SIJ). El solicitante de SIJ no puede estar casado y debe ser menor de 21 años de edad. Sin embargo, como asunto preliminar, el solicitante de SIJ necesitará una orden de dependencia firmada por un Juez del Tribunal de Menores en el condado de residencia. A diferencia de la restricción de edad de la Visa SIJ, el niño inmigrante debe ser menor de 18 años para que un juez de menores ejerza su jurisdicción sobre el caso. Por lo tanto, en términos prácticos, un posible solicitante de SIJ puede ser menor de 21 años de edad, pero no es elegible si tiene 18 años o más debido a la incapacidad de obtener el pedido de dependencia de requisitos previos. Si considera que usted o alguien que conoce cumple con los requisitos para la clasificación de SIJ, comuníquese con nosotros y podemos informarle los próximos pasos a seguir en su caso.

Uriel Delgado

Abogado