- La USCIS retomara el procesamiento de peticiones Premium del Cap-subject de H-1B; Temporalmente suspende el uso de sobres prepago para ciertas peticiones de Cap-subject de H-1B – para las peticiones de Cap-subject H-1B, incluyendo peticiones de exención de grado avanzado, el período de procesamiento premium de 15 días comenzará el 12 de mayo de 2016, independientemente de la fecha del aviso del recibo del formulario I-797.
- La USCIS señala dos ‘decisiones adoptadas’, estableciendo una guía de políticas – El USCIS ha designado recientemente varias decisiones como “decisiones adoptadas”, lo que significa que se establecen en una guía de políticas que se aplican y se une a todos los empleados USCIS. El USCIS dirige a su personal a seguir el razonamiento de estas decisiones en casos similares.
- La defensoría del pueblo USCIS celebró la teleconferencia sobre los beneficios de la DMV para ciertos trabajadores no-inmigrante – El Defensor del pueblo señaló que aunque las regulaciones federales proporcionan para una extensión de 240 días de permiso de trabajo después de vencido el estatus de un trabajador temporal si el trabajador tiene una petición pendiente para extender esa condición, si los trabajadores pueden obtener y mantener una licencia de conducir durante ese tiempo sigue siendo un problema.
- ABIL Global: México – Los mexicanos en los Estados Unidos están regresando a México y los números van en aumento.
También en esta edición:
- Nuevas publicaciones y artículos de interés
- Enlaces de la agencia del gobierno
La USCIS retomara el procesamiento de peticiones Premium del Cap-subject de H-1B; Temporalmente suspende el uso de sobres prepago para ciertas peticiones de Cap-subject de H-1B
La USCIS anuncio el 22 de abril de 2016, que la Agencia comenzará el procesamiento premium para las peticiones de cap-subject H-1B solicitando el procesamiento premium, incluyendo peticiones que buscan una exención para las personas con maestría o superior americana. El procesamiento Premium garantiza un tiempo de procesamiento de 15 días calendario. La USCIS había anunciado previamente que se ajustaría temporalmente a su práctico procesamiento premium debido al procesamiento premium histórico y sus niveles de recepción, combinados con la posibilidad de que el H-1B cap se cumpliría en los primeros 5 días hábiles de la temporada de impuestos.
Para las peticiones de H-1B que no esten sujetos al cap y para cualquier otra clasificación de la visa, el período de tramitación de 15 días para el servicio de procesamiento premium comienza en la fecha que USCIS recibe la solicitud. Sin embargo, para peticiones de cap-subject H-1B, incluyendo peticiones de exención de grado avanzado, el período de procesamiento Premium de 15 días comenzará el 12 de mayo de 2016, independientemente de la fecha del aviso del formulario I-797, que indica la fecha en que se recibe la tasa de procesamiento premium.
La USCIS también anunció el 20 de abril de 2016, que durante dos semanas después del procesamiento premium se reanuda para peticiones de H-1B cap-subject, La USCIS no utilizará sobres pre-pagado para enviar avisos finales para el procesamiento premium de las peticiones de H-1B cap-subject. En cambio, la agencia utilizara correo ordinario. La USCIS dijo que esto es “debido a las limitaciones de recursos como el trabajo procesar todas las tramitaciones premium de las peticiones debidamente a tiempo. Después del período de dos semanas, se continuará enviando avisos finales en sobres prepagos proporcionados por los peticionarios.”
La USCIS alienta a los solicitantes de visa H-1B para suscribirse a las actualizaciones al correo electrónico de H-1B Cap Season ubicadas en la Página Web de H-1B Año Fiscal (FY) 2017 Cap Season Aquí.
El aviso que anuncia que el 12 de mayo será la fecha de inicio de procesamiento premium esta aquí.
El aviso que anuncia la suspensión temporal de sobres prepagados aquí.
La USCIS señala dos ‘decisiones adoptadas’, estableciendo una guía de políticas
La USCIS recientemente designo dos decisiones de la oficina de Apelaciones administrativas (AAO) como “decisiones adoptadas”, lo que significa que ellos “establecen orientación normativa que se aplica a y se une a todos los empleados USCIS”. La USCIS dirige a su personal a seguir el razonamiento de estas decisiones en casos similares.
La cuestión de Z – A-. La USCIS ha designado al respecto de Z – A-, Inc., como una decisión adoptada el 14 de abril de 2016. Esta decisión de AAO aclara que para determinar si el beneficiario de una clasificación de no-inmigrante L-1A administrará principalmente una función esencial, los oficiales de USCIS deben pesar todos los factores incluidos, tan pertinente en el presente caso, evidencias del papel del beneficiario dentro de la organización internacional más amplia clasificación.
Específicamente, las notas de la decisión:
- Mientras que un L-1A funciona manejando y se puede utilizar su experiencia del negocio a realizar y algunas tareas operativas o administrativas, que sobre todo debe gestionar una función esencial.
- Para determinar si obligaciones de trabajo en calidad de beneficiario va a ser sobre todo manejadas en la naturaleza, un oficial contratante debe considerar la totalidad del registro y sopesar todos los factores pertinentes, incluyendo la naturaleza y alcance del negocio del peticionario, estructura organizativa del peticionario, niveles del personal, y la posición del beneficiario dentro de la organización del solicitante, el alcance de la autoridad del beneficiario; los trabajos realizados por otros miembros del personal dentro de la organización del solicitante , incluso si los empleados aliviaron al beneficiario de funciones operativas y administrativas; y cualquier otro factor que contribuirá a la comprensión un beneficiario deberes reales y rol en el negocio.
- Cuando los niveles del personal se consideran en la determinación de si un individuo actuará como un administrador, un oficial debe tener en cuenta las pruebas pertinentes en el expediente relativo a las necesidades razonables de la organización en su conjunto, incluyendo cualquier entidades relacionadas dentro de la “organización que califique”, dando consideración a propósito y etapa del desarrollo general de la organización.Cuestión de H-V – P-. La USCIS ha designado cuestión de H-V-P-como una decisión adoptada el 09 de marzo de 2016. Esta decisión de AAO aclara que además de los médicos de atención primaria, médicos especialistas que están de acuerdo a la práctica en cualquier área designada por el Secretario de salud y de servicios humanos como teniendo una escasez de profesionales de salud pueden ser elegibles para la exención de interés nacional de médico con INA § 203(b)(2)(B)(ii).
El memorando de la USCIS y su política respecto de Z – A-, que incluye el texto de la decisión, está Aquí. El memorándum de política USCIS sobre la cuestión de H-V – P-, que incluye el texto de la decisión, esta aquí.
La defensoría del pueblo USCIS celebró la teleconferencia sobre los beneficios de la DMV para ciertos trabajadores no-inmigrante
El 25 de febrero de 2016, la ciudadanía y servicios de inmigración (USCIS) defensor del pueblo celebró una teleconferencia pública sobre temas relacionados con beneficios del Departamento de vehículos motorizados (DMV) para ciertos trabajadores de no inmigrante, incluyendo no-inmigrantes de H y L. Personas cuyo empleadores oportunamente solicitaron extensión de estatus de no-inmigrante recibir una extensión automática de 240 días de trabajo autorización mientras que la petición sigue siendo sin adjudicar. Representantes del Departamento de seguridad nacional (DHS), USCIS, el DMV de California y un abogado de inmigración privado respondieron a las preguntas planteadas por el Defensor del pueblo y el público. El debate se centró en el impacto del acta REAL ID en cómo tratar a personas sometidas a la regla 240-día estado DMV.
Durante la llamada, el Defensor del pueblo señaló que aunque las regulaciones federales prevén una extensión de 240 días de permiso de trabajo después de vencido el estatus de un trabajador temporal si el trabajador tiene una petición pendiente para extender esa condición, si los trabajadores pueden obtener y mantener una licencia de conducir durante ese tiempo sigue siendo un tema. La Ley REAL ID requiere permiso de conducir en estado de conformidad con ciertas normas federales. La ley también requiere que los Estados verifiquen estatus migratorio de una persona antes de emitir una REAL identificación con tarjeta de identificación, incluyendo una licencia de conducir. La falta de orientación sobre cómo estado DMV debe manejar licencias de conducir para trabajadores extranjeros temporales con pendiente de ampliación de estancia peticiones “ha llevado a una serie de respuestas del estado”, señaló de la USCIS.
La oficina de política de DHS dijo que la acta REAL ID complica la interpretación del estado de la regla 240-día porque vincula a licencias de conducir a si un individuo tiene estatus de inmigración legal, un término jurídico distinto que es diferente de presencia legal. La extensión de la autorización de trabajo 240 días proporciona presencia legal pero no legítimo estado. Ha habido intentos en el pasado para modificar la acta REAL ID para abordar éste y otros temas relacionados, pero estos esfuerzos fueron infructuosos. Como resultado, varias categorías de inmigrantes, trabajadores no sólo temporales, “están en desventaja por el requisito de la ley que licencias se ató al estatus legal en lugar de presencia legal”, la USCIS dijo.
Un comentarista discute el impacto a los empleadores y los trabajadores no inmigrantes. Disposición de los trabajadores en una extensión de la autorización de trabajo 240 días solamente con un formulario I-797_C, el recibo de la petición de extensión de estancia archivado. Ha habido poca orientación sobre cómo estado DMV debe tratar ese documento. El idioma en el I-797_C lo hace aún más difícil obtener beneficios DMV porque declara explícitamente que el formulario no otorga estatus migratorio ni beneficio. Muchos Estados dependen de esta lengua para negar una licencia a los trabajadores inmigrantes en la extensión de 240 días. La lucha por los empresarios es que la regla 240-día se convierte en menos útil cuando el trabajador no puede conducir para llegar al trabajo, dijo. Pago de la cuota de procesamiento premium para la petición de extensión de estancia garantiza la adjudicación de la petición dentro de un marco de tiempo acelerado y podría aliviar los problemas asociados con la brecha en el estado. Sin embargo, no todos los empleadores pueden pagar la cuota adicional, señaló, y no siempre es una opción, particularmente donde su único objetivo sería permitir que el trabajador obtener una licencia de conducir.
Confiar en las encuestas, el comentarista explicó que algunos Estados que cumplen con el ID REAL o avanzan hacia el cumplimiento de normas han tomado un enfoque híbrido. En esos Estados, los inmigrantes cuya situación no ha caducado pueden obtener una verdadera licencia compatible con la identificación, mientras que ésos sin estatus legal, pero quizás que existen legalmente, obtener una licencia que no cumple con la ley. Algunos Estados ofrecen licencias de conducir limitada o “tarjetas de privilegio de conducir” para los inmigrantes indocumentados. Los trabajadores extranjeros en la ventana de 240 días de extensión podrían solicitar una de estas licencias, pero tendrían que volver a solicitar licencia de conducir regular aprobado sus peticiones de extensión de la estancia. Algunos Estados que no cumplen con la Ley REAL ID aceptan la I-797_C como un documento de establecimiento de presencia legal, siempre y cuando el documento puede ser verificado en SAVE.
Un representante de verificación de USCIS sistemática de Alien para el sistema de derechos (SAVE) explicó que la Agencia emitió orientación sobre este tema al estado DMV en el 2014. Esa guía “esencialmente aporto a los Estados en su tratamiento de la extensión de 240 días,” dijo la USCIS. SAVE sólo proporciona información sobre el estatus migratorio de una persona, no indica si debe concederse una prestación de nivel estatal. En ese sentido, USCIS dijo: “los Estados tienen que mirar sus propias reglas y de cómo tratar la provisión de beneficios del estado que están basadas en el estatus migratorio.”
El Defensor del pueblo concluyó la llamada diciendo que la Defensoría es consciente de y está monitoreando de cerca más de largo tiempos de procesamiento de USCIS para adjudicaciones de trabajador no inmigrante y la acumulación resultante.
La declaración de la USCIS está en www.dhs.gov/DMV-Benefits-Teleconference-Recap.
ABIL Global: México
Los mexicanos en los Estados Unidos están regresando a México en número cada vez mayor.
Entre 2009 y 2014, casi 1 millón ciudadanos mexicanos (incluyendo a sus hijos nacidos en Estados Unidos) dejaron los Estados Unidos por México bajo su propio acuerdo. Ese número es mayor que el número de migrantes mexicanos legales que llegaron a los Estados Unidos. Esta creciente tendencia para la repatriación de México a los Estados Unidos comenzó a gestarse durante los problemas financieros de 2008 en los Estados Unidos. Aunque el mexicano nacional encuesta de demográfica dinámica (ENADID) informó que casi el 61% de los mexicanos repatriados volvieron a efectos de reagrupación familiar, podría decirse que esta repatriación masiva, la reversión de una diáspora creada por las condiciones económicas, está ligada inseparablemente a la dinámica de la economía mundial y su inherente dimensión social además de la decisión de volver a reunirse con sus seres queridos.
Con la continua polarización de la política de frontera México-Estados Unidos, aplicación más estricta de las leyes de inmigración dentro de Estados Unidos ha contribuido a una notable caída en el número de ciudadanos mexicanos en los Estados Unidos. En 2004, temores de frontera de los Estados Unidos de mexicanos numeraron 1.142.807. La cifra se desplomó a 230.000 en 2014 (Oficina de inmigración estadísticas, 2014). El Departamento de seguridad nacional de Estados Unidos informó que entre 2009 y 2014, casi 870.000 ciudadanos mexicanos legalmente entraban y logró residencia permanente legal en los Estados Unidos. Entre 1990 y 1999, los inmigrantes mexicanos legales casi 2.700.000 entraron en los Estados Unidos; de 2000 a 2009, casi 1.700.000 entró (Oficina de inmigración estadísticas, 2014). La tendencia es hacia abajo.
Desde la liberalización económica de la década de 1980 y 1990, el papel de México en la economía internacional y especialmente en el bloque comercial norteamericano, ha crecido exponencialmente. Desde la firma del acuerdo norteamericano de libre comercio (TLCAN), el valor de las exportaciones de México ha aumentado casi 475%, de US $ 60,8 billones a US $ 349,6 billones de 1994 a 2011. Mientras que la economía mexicana sin duda fue golpeada duro en 2009 por su dependencia de los Estados Unidos como un mercado para las exportaciones, no fue golpeado casi tan duro como la economía de los Estados Unidos y había mejorado constantemente desde la firma del TLCAN. En otras palabras, las condiciones económicas y oportunidades en México habían sido mejorando constantemente en los años previos a la crisis de 2008, sobre todo porque las empresas extranjeras comenzaron a inundar a México.
Teniendo lo anterior en mente, la pésima situación económica de los Estados Unidos para los trabajadores migrantes es ilustrada por la caída de 15% estimado de las remesas enviadas a México desde los Estados Unidos en los años 2008 y 2009. La oficina de estadísticas laborales de Estados Unidos estima que cuando el desempleo de trabajadores marginalmente adjuntos y a tiempo parcial es incluido, las tasas de desempleo de Estados Unidos alcanzaron el 16% en 2009 (el Bureau de estadísticas de trabajo, 2015).
La evaporación de las oportunidades de empleo para los migrantes en los Estados Unidos se ha complementado con la expansión de las oportunidades en México proporcionada por la afluencia de capitales extranjeros, hicieron posible por acuerdos de libre comercio como el TLCAN. México tiene el récord mundial más efectiva actualmente tratados de libre comercio. Mientras que la dificultad económica afectó a todos los sectores de los Estados Unidos, el daño fue relativamente más bajo en México; históricamente codiciadas remesas a México no sólo eran más difíciles de conseguir pero son cada vez menos necesarias. Así como la afluencia de capital traído por el TLCAN hizo posible las condiciones en las que más mexicanos podrían volver a sus propios nacionales del país, más mexicanos tienen probabilidades de volver a casa como nuevo acuerdos comerciales, como la Asociación Trans-Pacífico, continúan a avanzar en la economía mexicana y el inicio de la Diáspora a mejores oportunidades económicas.
Nuevas publicaciones y artículos de interés
El último calendario de seminario E-Verify de USCIS está disponible en http://www.uscis.gov/e-Verify/e-Verify-webinars/Take-Free-webinar.
Enlaces de la agencia del gobierno
Siga estos enlaces para acceder a los tiempos de procesamiento actuales de los centros de servicio USCIS y el Departamento de trabajo o último boletín de visas del Departamento de estado con las más recientes fechas de corte para los números de visa:
Centro de servicio USCIS tramitación en línea: https://EGOV.uscis.gov/Cris/processTimesDisplay.do :
Tiempos de procesamiento del Departamento de trabajo e información sobre retrasos: http://www.foreignlaborcert.doleta.gov/Times.cfm:
Boletín de visas del Departamento de estado: http://Travel.state.gov/visa/bulletin/bulletin_1360.html :
Tiempos de espera de solicitud de visa para cualquier puesto: http://Travel.state.gov/visa/temp/wait/wait_4638.html