Estatus F-1
Las visas F-1 (estudiante) son visas de no inmigrante en las que el propósito principal para ingresar a los Estados Unidos es estudiar en una institución académica, ya sea a nivel universitario o, en ocasiones, en la educación de nivel primario.
F-1 (Estudiante)
Las visas F-1 se utilizan para estudios académicos en los Estados Unidos. Un extranjero solo puede trabajar en los Estados Unidos mientras esté en estatus F-1 bajo tres circunstancias muy limitadas: (1) menos de 20 horas por semana en empleo en el campus autorizado por la escuela; (2) a través de Entrenamiento Práctico Curricular (CPT), o (3) a través de Entrenamiento Práctico Opcional (OPT).
1) Entrenamiento Práctico Curricular (CPT):
El CPT es un programa tipo pasantía ofrecido por empleadores patrocinadores a través de acuerdos cooperativos con una escuela. Para trabajar bajo el CPT, el extranjero debe estar actualmente matriculado en la escuela y debe obtener el respaldo de su formulario I-20 por el Oficial de Estudiantes Designado en la escuela. Los estudiantes que han recibido un año o más de entrenamiento práctico curricular a tiempo completo no son elegibles para el entrenamiento práctico opcional posterior a la finalización, que se describe a continuación.
2) Entrenamiento Práctico Opcional (OPT):
Los estudiantes F-1 pueden solicitar autorización para trabajar temporalmente (1) a tiempo parcial durante la escuela, (2) durante los períodos de vacaciones anuales, o (3) después de completar todos los requisitos del curso para el grado. El período máximo total de autorización para el OPT de cualquier tipo es de doce meses. Debe obtener el respaldo del Oficial de Estudiantes Designado en el Formulario I-20 y enviarlo con una solicitud de autorización de trabajo completa (Formulario I-765) y la tarifa de presentación al USCIS. El tiempo de procesamiento para la emisión de la Autorización de Empleo (EAD) suele ser de 30 a 90 días, aunque en los últimos años ha habido retrasos que han resultado en tiempos de procesamiento mucho más largos. USCIS ha emitido recientemente opciones de procesamiento premium.
3) ¿Qué sucede si estoy en estatus F-1 trabajando con una Autorización de Empleo (EAD) y necesito viajar?
Dependiendo de las circunstancias, puede que no sea aconsejable viajar. Sin embargo, si debes viajar, debes tener en cuenta lo siguiente:
- Intención no inmigrante: Incluso si tienes una visa vigente, cada vez que reingresas a los Estados Unidos, estás sujeto a los requisitos generales de tu visa no inmigrante F-1, incluida tu intención no inmigrante (temporal) continua. El oficial de USCIS puede cuestionarte sobre tus planes futuros para determinar que tu estancia en los Estados Unidos es realmente temporal y que tu intención es salir de los Estados Unidos después de la expiración de tu estatus de estudiante. Si el oficial de USCIS cree que tu intención no es temporal, se te negará la admisión a los EE. UU.
- Si tu sello de visa F-1 ha caducado: Si tu visa de estudiante ha caducado, contacta a Kuck Baxter, LLC antes de hacer planes de viaje. Puede ser difícil obtener un nuevo sello de visa F-1 durante tu período de entrenamiento práctico opcional.
- Si se ha presentado un cambio de estatus a H-1B: No es aconsejable viajar mientras una solicitud de cambio de estatus está pendiente, a menos que planees quedarte en el extranjero hasta después de que la petición sea aprobada.
Para ser readmitido como estudiante F-1 después de una visita al extranjero, debes estar en posesión de los siguientes documentos:
- Un Formulario I-20 debidamente respaldado (tu Oficial de Estudiantes Designado debe certificar tu continuación de un curso de estudio o trabajo autorizado en el reverso de este formulario).
- Visa de Estudiante F-1 válida
- EAD válida
- Pasaporte válido sin vencer por al menos seis meses
Expiración del estatus F-1: Si estás siendo patrocinado por un empleador en los EE. UU. y se ha presentado una petición de cambio de estatus a H-1B en tu nombre, debes contactar a Recursos Humanos y tu equipo legal no más tarde de 180 días antes de la expiración de tu estatus F-1 actual y tu EAD para asegurarte de que haya suficiente tiempo para procesar una solicitud de cambio de estatus a H-1B.
Información General sobre Impuestos sobre la Renta para Estudiantes F-1
Todos los empleados internacionales son responsables de cumplir con las regulaciones fiscales de los Estados Unidos y deben presentar una declaración de impuestos sobre la renta por cada año anterior en el que hayan recibido compensación. Este ingreso debe reportarse en uno o más de los siguientes formularios: W-2, 1042-S o 1099. La mayoría de los empleados podrán utilizar el formulario de impuestos 1040 NR-EZ o el formulario 1040NR. Sin embargo, algunos empleados pueden necesitar utilizar otros formularios fiscales. Todos los empleados internacionales, independientemente de si han obtenido ingresos o no, deben presentar el Formulario 8843, “Declaración para Individuos Exentos e Individuos con una Condición Médica”.
Los titulares de visas F-1 no residentes empleados legalmente no están sujetos a la retención del impuesto de Seguridad Social (F.I.C.A/Medicare). Por lo tanto, los salarios recibidos por empleados internacionales en estatus F-1 en las siguientes circunstancias no están sujetos a esta retención:
- Empleo en el campus en la escuela a la que USCIS les autorizó asistir; y/o
- Trabajo fuera del campus con permiso de USCIS (por ejemplo, dificultades económicas); y/o
- Entrenamiento práctico aprobado (F-1).
Para reclamar una exención del impuesto de Seguridad Social, el estudiante internacional debe proporcionar verificación de su estatus migratorio y prueba de permiso de trabajo a su empleador.
No dudes en ponerte en contacto conmigo si tienes alguna pregunta.
Si deseas obtener más información sobre escenarios o situaciones específicas, llama a nuestra oficina o envíanos un correo electrónico a [email protected] para hablar con uno de nuestros experimentados abogados de inmigración.
Descargo de Responsabilidad/Recordatorio
Este correo electrónico no constituye asesoramiento legal directo y es solo con fines informativos. La información proporcionada nunca debe sustituir el asesoramiento informado cuando se requiere orientación específica relacionada con inmigración.
Copyright © 2015 Kuck Immigration Partners LLC. Todos los derechos reservados.
Estatus de Visitante de Intercambio J-1 — Preguntas Sobre el Becario
- Nombre del Solicitante.
- Fecha de Nacimiento.
- Ciudad y País de Nacimiento.
- País de Ciudadanía.
- Dirección y Número de Teléfono.
- Dirección de Correo Electrónico.
- ¿Tiene usted dependientes? Si la respuesta es sí, ¿le acompañarán a los Estados Unidos?
- ¿Ha visitado usted los Estados Unidos en el pasado?
Si la respuesta es sí, ¿en qué estatus? ¿Cuál fue la fecha de su entrada y salida?
Por favor, envíenos una copia de su tarjeta I-94 y visa.
- ¿Alguna vez se le ha negado una visa para los Estados Unidos?
- ¿Cómo se enteró de esta pasantía?
Por favor, solicite al becario que nos envíe un currículum vitae actual o un historial académico, junto con una carta de referencia y una carta de la escuela que confirme su matriculación a tiempo completo. Si el becario no está en la escuela, deberá proporcionar dos cartas de referencia.
Preguntas Sobre el Empleador
- Nombre completo de la empresa, dirección y número de teléfono.
- Dirección donde el becario trabajará.
- Tipo de Negocio o Producto.
- Número de Empleados.
- Nombre de la persona que será el supervisor del becario.
Título.
Teléfono.
Fax.
Dirección de Correo Electrónico.
- Posición de Entrenamiento.
- Fechas de Entrenamiento. Desde: ________ Hasta: ___________
- ¿Por qué se eligió esta posición?
- ¿Cómo eligió la empresa a este becario?
- Por favor, proporciónenos una descripción detallada del trabajo.
- ¿Habrá algún programa de orientación?
- (por favor, especifique si es semanal, quincenal o mensual).
- Horario de Trabajo (por ejemplo, de 9 a.m. a 5 p.m.).
- ¿La empresa proporcionará asistencia para encontrar vivienda?
¿Cuál es el costo de la vivienda (costo mensual estimado)?
¿La empresa pagará todos o parte de los costos de vivienda?
- ¿Cómo se desplazará el becario al trabajo (por ejemplo, coche de alquiler, autobús, metro, compañero de trabajo, etc.)?
¿Cuál es el costo del transporte (costo mensual estimado)?
¿La empresa pagará todos o parte de este costo?
- ¿Quién pagará los costos de viaje de ida y vuelta a los Estados Unidos?
- Otros Beneficios (por ejemplo, uso de un vehículo propiedad del empleador, herramientas, uniforme). Por favor, incluya el valor de cada uno.
- Seguro de Salud/Accidentes. Recomendamos que la empresa adquiera un seguro a través de AIPT para cumplir con las regulaciones federales de EE. UU. requeridas, que son: Médico y Accidentes – $50,000; Evacuación Médica – $10,000; y Repatriación – $10,000. Si la cobertura de seguros de la empresa cumple o supera estos niveles, por favor proporciónenos una copia del acuerdo de seguro.
- ¿Cuál es el aeropuerto más cercano a la ubicación del empleo?
Por favor, envíenos una copia de cualquier acuerdo o contrato entre el becario y la empresa, si lo hay.
Si desea obtener más información o discutir un caso potencial, llame a nuestra oficina al 404.816.8611 para programar una cita con uno de nuestros experimentados abogados de inmigración, o programe su consulta en línea aquí.
Descargo de Responsabilidad/Recordatorio
Este correo electrónico no constituye asesoramiento legal directo y es solo con fines informativos. La información proporcionada nunca debe sustituir el asesoramiento informado cuando se necesita orientación específica relacionada con inmigración.
Copyright © 2015 Kuck Immigration Partners LLC. Todos los derechos reservados.