USCIS comienza a aceptar solicitudes para el “Biden Spousal Parole in Place Program”, de los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que cumplan ciertos criterios fijos, el 19 de agosto de 2024. El honorario de solicitud del USCIS será de $580.00. La agencia no publicará las instrucciones definitivas hasta el día en que comience el programa, el 19 de agosto de 2024. En consecuencia, no hay formularios que preparar con antelación y nadie presentará la solicitud ese día. Pero puede prepararse para el lunes siguiendo estas instrucciones.
Admisibilidad
Para ser considerado para una concesión discrecional de libertad condicional (parole), caso por caso, bajo este proceso, usted debe:
- Estar presente en Estados Unidos sin admisión ni parole (debe haber entrado sin visa);
- Haber estado continuamente presente en los Estados Unidos durante al menos 10 años a partir del 17 de junio de 2024 (no puede haber ausencias). Cualquier persona con más de una entrada ilegal no es elegible para este programa;
- Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024 (Si su cónyuge residente se convirtió en ciudadano después de esa fecha, usted no es elegible);
- No tener antecedentes penales descalificantes o constituir una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública (esta parte aún no está clara, pero es probable que sea como las solicitudes de DACA: una condena por delito grave es descalificante, una condena por delito menor depende del delito y la sentencia, los delitos de tráfico generalmente no son relevantes, pero un DUI puede descalificarte, sabremos más el lunes); y
- De lo contrario, merecerá un ejercicio favorable de discreción (este es un requisito general que significa que es buena persona).
Determinados hijos e hijastros no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses también pueden optar a la ayuda si, a 17 de junio de 2024, se encontraban físicamente en Estados Unidos sin haber sido admitidos o en libertad condicional, y tienen una relación de hijastro cualificada con un ciudadano estadounidense.
Cronología
Anticipamos que USCIS adjudicará las solicitudes tempranas en un período relativamente corto de tiempo, tal vez tan poco como unas pocas semanas, pero si el volumen es alto, los tiempos de adjudicación sin duda se alargarán. Si se alargan más allá de las elecciones y si gana Trump, es prácticamente seguro que se terminará el programa.
Qué puede hacer ahora
Ahora nos reunimos con los clientes en persona, por zoom o teléfono para revisar los documentos y recopilar información para la presentación, incluyendo pedir que los clientes completen un cuestionario con los datos biográficos requeridos. Llame al 404-816-8611 para programar una cita con uno de nuestros abogados o visítenos en www.immigration.net para programar una cita en línea.
Reúna pruebas de su elegibilidad, tales como:
- Prueba de un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024, como un certificado de matrimonio;
- Documentación que acredite la identidad, incluidos los documentos vencidos, que puede incluir:
- Permiso de conducir o documento de identidad en vigor;
- Partida de nacimiento con fotografía identificativa;
- Pasaporte extranjero válido; o
- Cualquier documento expedido por el gobierno en el que figure el nombre, la fecha de nacimiento y la fotografía del solicitante.
- Pruebas de la nacionalidad estadounidense de su cónyuge, como pasaporte, partida de nacimiento o certificado de naturalización;
- Documentación para establecer su presencia continuada en los Estados Unidos durante al menos 10 años, a partir del 17 de junio de 2024. Esto incluye copias de:
- Recibos de alquiler o facturas de servicios públicos;
- Expedientes escolares (cartas, boletines de notas, etc.);
- Historiales hospitalarios o médicos;
- Certificados de residencia expedidos por entidades religiosas, sindicatos u otras organizaciones, en los que se le identifique por su nombre;
- Documentos oficiales de una entidad religiosa que confirmen la participación en una ceremonia religiosa;
- Recibos de money orders enviado a o desde Estados Unidos;
- Certificados de nacimiento de niños nacidos en Estados Unidos;
- Transacciones bancarias fechadas;
- Recibos de licencia, título o matrícula de automóvil;
- Escrituras, hipotecas o contratos de alquiler;
- Pólizas de seguros;
- Documentos que le acrediten como víctima de un delito;
- Declaraciones o recibos fiscales; y
- Obtenga disposiciones certificadas de cualquier arresto. Los solicitantes tendrán que demostrar su buen carácter moral y/o que usted no es un riesgo para la seguridad pública. Independientemente del tipo de solicitud, inmigración siempre ha exigido disposiciones certificadas para revisar la gravedad de cualquier delito penal, y para demostrar que todos los asuntos penales fueron resueltos.
En el caso de los niños no ciudadanos, las pruebas de elegibilidad podrían incluir:
- Pruebas del parentesco del menor con el progenitor no ciudadano, como un certificado de nacimiento o una sentencia de adopción;
- Prueba del matrimonio legalmente válido del progenitor no ciudadano con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024, como un certificado de matrimonio; y
- Prueba de la presencia del niño en Estados Unidos a partir del 17 de junio de 2024 (no es necesario que el niño lleve aquí 10 años).
Cuidado con las estafas
Queremos recordarle que las estafas de inmigración están muy extendidas.
Recuerde que, en Estados Unidos, un notario no está autorizado a prestarle ningún servicio jurídico relacionado con la inmigración. Sólo un abogado autorizado para ejercer la abogacía en Estados Unidos o un representante acreditado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia puede darle asesoramiento jurídico.
Si usted busca consejo legal de alguien aparte de nuestra oficina de abogados, tenga cuidado con las personas que se hacen pasar por abogados de inmigración (como las personas sin licencia o abogados inhabilitados). Los signos de un profesional poco ético pueden incluir:
- Prometer resultados garantizados o garantías de devolución del dinero;
- Utilizar estructuras de precios abusivas o amenazadoras;
- Pedirle que firme un documento en blanco o no permitirle revisar un documento que haya firmado.
- Pedir que guarden su firma en el expediente.
Para protegerse de posibles estafas, recuerde:
- Solicite un acuerdo por escrito en el que se describan los servicios que se van a prestar y que esté firmado por el proveedor. Lea el acuerdo antes de firmarlo y conserve la copia firmada para su archivo;
- Obtenga copias de los documentos que le preparen.
- Pida un recibo por escrito que incluya el nombre y la dirección del proveedor.
Esperamos reunirnos con usted y trabajar con usted para asegurar su libertad condicional. ¡Llame hoy!