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¡Los 3 Más Grandes Mitos de Inmigración Que Usted Debe Saber!

Escrito por: Abogada Hiba Ghalib, Asociada, de Kuck Immigration Partners

Las predicciones de una importante reforma a nuestras leyes de inmigración se anuncian ahora que los líderes del Congreso de ambos partidos se reúnen en Washington para enfrentar a los cambios comprensivos del sistema de inmigración actual, creído ha suceder en 2013. Y, como los vientos de cambio soplan, las familias que esperan solucionar sus problemas de inmigración han comenzado a salir a preguntar que es lo que ellos pueden hacer.

Durante las últimas semanas, los abogados de Kuck Immigration Partners han tenido la suerte de viajar a varios lugares locales para hablar con la comunidad sobre inmigración, permitiendo a las familias e individuos con asuntos de inmigración, la oportunidad de preguntar cualquier cosa con respecto a inmigración. Después de hablar con miles de personas, se empieza a ver el ciclo de las mismas preguntas. No podemos adivinar lo que la reforma va a hacer, pero antes de tratar de predecir el futuro de nuestras leyes de inmigración, primero vamos a tratar de entender nuestro sistema actual un poco mejor. Para hacer esto, quiero tomar un momento para dirigir las tres preguntas mas comunes que yo he encontrado en esperanza de ayudar a los predicamentos similares.

 

Mito # 1: ¿Si yo estoy en los Estados Unidos después de haber entrado sin inspección, pero tengo un hijo ciudadano de EE.UU. o estoy casada de un ciudadano(a), puede mi hijo o esposo(a) solicitar mi residencia permanente?

No es tan simple. Si usted entró a los EE.UU. sin inspección, no puede ajustar su estatus a residencia permanente, aun si su esposo(a) es ciudadano(a) de los EE.UU. o tiene un hijo(a) que es mayor de 21 años de edad que pudran presentar una petición para usted. Para llegar a ser un residente permanente, usted tiene que salir los EE.UU. y el proceso consular de la misma manera que lo haría cualquier otra persona fuera de los Estados Unidos. Sin embargo, si usted es como la mayoría de la gente, usted ha acumulado presencia ilegal en los Estados Unidos, lo que daría lugar a una barra de tres o diez años de no poder a entrar a los Estados Unidos una vez que ya salga. En estos casos, la única manera de volver a entrar es con una renuncia a su presencia ilegal. Nuevo proceso de renuncia provisional estará en vigor a partir del 04 de marzo 2013 no cambia el requisito de presentación de la renuncia, sino que simplemente cambia el lugar y la hora que puede presentarla.  Para obtener más información acerca de la renuncia provisional, vea el blog de Exención Provisional Charles Kuck y explicación de USCIS cual está aquí.

Si usted piensa que está listo para continuar con este proceso, también quiere asegurarse de que usted es elegible para la residencia permanente. Durante muchas consultas con los clientes, no es raro para desenterrar un arresto viejo, olvidado por un delito cometido mientras “joven y estúpido” que usted pudo haber pensado que no era un gran problema, pero en realidad podría hacer que usted inadmisible. Es muy importante que usted consulte con un abogado de inmigración para asesorarle antes de presentar los formularios a inmigración. Esté preparado para ser sincero con su abogado—recuerde que ellos están de su lado y no te pueden ayudar si los mantienen en la oscuridad.

 

Mito # 2: Creo haber sido arrestado por robar y un DUI, pero mi abogado criminal me dijo que si me declaro culpable y pago la multa que no tendrá que ir a la cárcel. ¿Afectará esto a mi caso de inmigración en el futuro? ¿Podría ser ordenado una deportación?

Aquí es donde se vuelve extremadamente crítico en asesorase sobre las consecuencias de inmigración debido a su caso criminal. En primer lugar, si usted o un ser querido es arrestado, asegúrese de no sólo consultar con un abogado criminal que puede realmente ayudarlos con sus cargos criminales, pero también consulten con un abogado de inmigración con experiencia quien esta más familiarizado con las consecuencias de inmigración de los cargos pendientes. Haga esto lo más antes posible. Si usted o su ser querido está encerrado, tenga mucho cuidado con la prisa de pagar la fianza penal hasta que haya por lo menos consultar con un abogado. Un cargo culpable, si era o no una declaración de culpabilidad, será más difícil de deshacer. Y si usted o su ser querido tiene detención por ICE, esto comenzará a tener efecto. Alguien puede decirte que si se declara culpable y paga una multa el cargo se va a “desaparecer” – pero si usted NO es un ciudadano de los EE.UU., esto absolutamente no es verdad. Incluso los residentes permanentes legales que han residido en los EE.UU. durante décadas pueden ser puestos en proceso de deportación por un delito cometido.

 

Larga historia corta, la prevención es la mejor medicina. Si no puedes cometer es un delito, y no puedes ser arrestado, a lo menos trata de evitar cualquier acusación que podría tener la potencial de ser prohibió de siempre poder residir  legalmente en los Estados Unidos. Si ya ha sido condenado, después de la condena es el remedio que tenga que puede explorar, pero sin duda usted necesita hablar con un abogado mas que calificado para asesorarle tanto en el proceso penal, así como su caso de inmigración.

Mito # 3: Si he estado en los Estados Unidos por más de diez años, ¿puedo aplicar para la residencia permanente?

Afirmativamente NO puede solicitar la residencia permanente, simplemente porque usted ha vivido en Estados Unidos por un periodo de 10 años. No hay tal cosa como una “regla de 10 años”. Ya con esto dicho, si una persona esta en proceso de deportación, él o ella puede calificar para lo que se llama Cancelación de Remoción y Ajuste de Estatus para Residentes Permanentes determinados. Para solicitar la cancelación se debe de demostrar que han residido en Estados Unidos durante al menos diez años, no tener ningún delito penal descalificado al contrario son personas o de “buen carácter moral” y también que sus familiares calificadas, ciudadanos de los EE.UU. sufrirán privaciones extremas y extraordinarias si le ordenan la deportación. Si usted cree que usted es elegible para aplicar la cancelación de deportación, usted puede hacerlo sólo con una defensa de procedimientos de deportación, tomando en cuenta el hecho de que no todos los solicitantes de cancelación ganan su caso, incluyendo los que son legalmente elegibles.

 

Esta lista no es de ninguna manera exhaustiva, ni pretende ser un consejo legal. Como cada persona es única, también lo es en los casos de cada persona. Aunque parezca que su vecino o amigo estuvieron o están en la misma situación exacta que usted, es probable que su caso es muy diferente. Por favor, llame a un abogado de inmigración para debatir su caso para ver lo que puedes hacer para disfrutar de un estatus legal en los Estados Unidos.

 

hghalib@immigration.net

404-816-8611