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El Programa DREAM de Obama – ¿Que es Realmente?

By julio 15, 2012No Comments

El Presidente Obama anuncio un cambio significante del programa previamente anunciado discreción procesal. Con efecto inmediato (aunque todavía sin un proceso de uso), cualquier persona que cumpla con los siguientes criterios pueden ser considerada para el ejercicio de discreción procesal, pueda vivir libre del temor de la deportación, puede obtener un permiso de trabajo:

  • Si llego a los Estados Unidos antes de los dieciséis años;
  • Ha residido continuamente en los Estados Unidos por lo menos cinco anos anteriores del 15 de junio del 2012, y esta presente en los Estados Unidos el 15 de junio del 2012;
  • Actualmente esta en la escuela, se ha graduado de la escuela secundaria (high school), ha obtenido un certificado general de desarrollo educacional, o ha sido veterano de la Gurdia Costera (Coast Guard) o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos;
  • No ha sido condenado por un delito grave, por un delito menor significativo, por delitos menores múltiples, o no sea una amenaza para la seguridad nacional y pública, y no sea mayor de la edad de treinta años.

 

Aquí esta la parte importante: Ningún individuo debe recibir acción diferida en virtud de esta política al menos que este haya pasado por una verificación de sus antecedentes y solicite ayuda de conformidad a este memorándum siendo decidida en base de cada caso. DHS (Departamento de Homeland Security) no puede garantizar que la ayuda será otorgada en todos los casos. Esto significa que si tú aplicas y se te niega la solicitud, puede que tú seas puesto dentro del procedimiento de deportación, o si un nuevo Presidente llega y decide cambiar esta política, puedas ser puesto dentro del proceso de deportación.

 

Cómo es que la gente va a aplicar?

La Secretaria de Homeland Security ha ordenado a Immigration and Customs Enforcement (ICE), U.S. Customs and Border Protection (CBP), y U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) hacer los siguiente para los siguientes tipos de personas:

1. Con respecto a als personas que cumplan con los requisitos anteriores, ICE y CBP deben inmediatamente ejercer su discreción, de manera individual, para prevenir que personas de baja prioridad sean puestos dentro de los procedimientos de deportación o expulsados de los Estados Unidos.

USCIS ha instruido implementar este memorandum de manera consistente con su ya existente dirección sobre la emission de notificaciones a comparecer.

Esto significa que no hay NADA para aplicar por ahora. Probablemente le llevará a USCIS 60 días para que entre en vigor. No confie en los notarios, y entienda que no hay nada que aplicar en este momento.

2. Con respecto a las personas que están en el proceso de deportación pero aún no están sujetos a una orden final de deportación, y que cumplen con los requisitos anteriores:

ICE deberá ejercer discrecion procesal, de manera individual, para las personas que cumplan con los requisitos anteriores, defiriendo la acción por un periodo de dos años, sujeto a renovación, para que prevenir que personasde prioridad baja sean expulsados de los Estados Unidos.

ICE ha sido instruida para usar sus Oficinas de Defensor Público para permitar que personas que creen que cumplen con los requisitos anteriores puedan identificarse a través de un proceso claro y eficiente.

ICE ha sido dirigida para empezar a implementar este proceso dentro de 60 días de la fecha de este memorandum.

ICE ha sido también instruida para comenzar inmediatamente el proceso de acción diferida contra las personas que cumplen con los requisitos anteriores cuyos casos han sido ya identificados a través de la revision constante de los casos pendientes ante la Oficina Ejecutiva de Revisión Migratoria (Executive Office for Immigration Review).

3. Con respecto a las personas que no están actualmente en un proceso de deportación, cumplen con los requisitos anteriores y han pasado la verificación de antecedentes:

USCIS debe establecer un proceso claro y eficiente para el ejercicio discrecional de la fiscalía, de manera individual, al aplazar la acción contra las personas que cumplan con los requisitos anteriores y por lo menos tengan 15 años de edad, por un período de dos años, sujeto a renovación, con el fin de para evitar que las personas de baja prioridad sean colocadas en el proceso de deportación o expulsión de los Estados Unidos.

El proceso de USCIS también estará disponible para las personas sujetas a una orden final de deportación, independientemente de su edad.

USCIS ha sido dirigida para comenzar a implementar este proceso dentro de los 60 días a partir de la fecha de este memorando.

Para las personas que se les concede una acción diferida, ya sea el ICE o USCIS, el USCIS debe aceptar las solicitudes para determinar si estas personas califican para el permiso de trabajo durante este período de acción diferida.

Así que, ¿qué debe hacer ahora?

En primer lugar, hacer una cita e ir a ver un abogado con experiencia, no vaya con un notario! En segundo lugar, tome una foto con un periódico del 15 de junio de 2012, para documentar su presencia del día de hoy en los Estados Unidos. En tercer lugar, empieze a recaudar pruebas de su presencia física en los Estados Unidos durante los últimos cinco años, para la mayoría de la gente esto será a través de registros escolares y las declaraciones de impuestos; Por último, ¡relájese! No hay posibilidad de aplicar inmediatamente. Por lo menos para aquellos que no en proceso de deportación no hay un proceso aún a seguir.

Llame a los abogados de Kuck Immigration Partners a 404-816-8611 o mande un coreo electrónico directamente al Abogado Charles Kuck a ckuck@immigration.net para evaluar su elegibilidad para esta ayuda y para iniciar el proceso de aplicación.

Charles Kuck

Charles H. Kuck es el socio gerente de Kuck Immigration Partners LLC